RECHAZAMOS TODA ACCIÓN Y EXPRESIÓN QUE JUSTIFIQUE LA VIOLENCIA SEXUAL CONTRA LA NIÑEZ INDÍGENA Y EXIGÍMOS LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD PERTINENTE

La Red Latinoamericana y del Caribe de Personas con VIH (RedLAC+) es vigilante y toma especial atención a todo acto de violación de derechos humanos y a las expresiones racistas y discriminatorias.

Las declaraciones de los titulares del Ministerio de Educación (MINEDU), Morgan Quero, y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) de Perú, Ángela Hernández, son desatinadas y alientan la discriminación y la violencia, pues con ello se evidencia el desamparo en que nos encontramos en Perú, y en especial los niños, niñas y adolescentes NNA, que son los más expuestos y silenciados.

Ambos ministros se refirieron a la violación sexual como “prácticas culturales”. Quero dijo además que su sector debe actuar “prudentemente” ante ellas, mientras que Hernández agregó “hay que informar a las niñas y adolescentes sobre la postergación de sus relaciones sexuales”.

RedLAC+, expresa su profundo rechazo a las aberrantes expresiones de las autoridades que deberían de luchar por erradicar esas practicas perversas y que en muchas ocasiones traen consigo daños irreparables, tales como lo sucedido en el distrito de Ventanilla (Perú), donde dos menores fueron violentadas sexualmente y producto de ello transmitidas con VIH.

Las declaraciones de los ministros pretenden instrumentalizar el enfoque intercultural para minimizar y justificar las violaciones sexuales a escolares indígenas amazónicas de los pueblos awajún y wampis, varias de las cuales fueron transmitidas con el VIH.

Un informe del Consejo de Mujeres Awajún /Wwampis “Umukai Yawi” (COMUAWAY), remitido el 24 de mayo pasado a las autoridades educativas de la provincia de Condorcanqui (región Amazonas), recogió 524 denuncias por violación sexual desde 2010 hasta mayo de 2024 por parte de profesores, principalmente en las llamadas “residencias educativas” (49 se investigan y en 72 casos el acusado fue absuelto).

Existen casos en los que las alumnas fueron diagnosticadas con VIH tras la violación. Esto lo sabía el Estado peruano al menos desde 2015, cuando un informe de la Defensoría del Pueblo de Perú, sobre los internados estudiantiles en las regiones de Amazonas y Loreto, reveló la explotación sexual a la que eran sometidas las y los estudiantes por parte de sus profesores para alimentarse, debido a la pobreza en la que se encontraban.

Posteriormente, el 4 de marzo de 2023, defensores y defensoras de los derechos humanos del pueblo awajún emitieron un pronunciamiento en el que alertaron que la situación del VIH en sus territorios se ve agravada por una alta incidencia de casos de violencia sexual contra NNA.

Esto fue corroborado en octubre del mismo año por un informe de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República de Perú, en el que se advierte sobre los casos de violencia sexual cometidos por docentes en las residencias educativas y el gran número de personas con VIH sin atención de salud adecuada (insuficiencia de personal y de insumos médicos).

En ese contexto, exigimos al Estado peruano:

  • La renuncia de los titulares del MINEDU y del MIMP: sus declaraciones públicas carecieron de los enfoques intercultural, de género y de derechos humanos, lo que demostró su falta de idoneidad para ejercer el cargo. Por el contrario, usaron el relativismo cultural como una forma de justificar los crímenes y evidenciaron sus prejuicios al alinearse a discursos que centran la atención en la sexualidad de las víctimas e invisibilizan la magnitud y complejidad del problema.
  • Garantizar el acceso a la justicia de las víctimas y romper con la impunidad: por ello, se debe investigar administrativa y judicialmente estos casos de manera inmediata y con la debida diligencia para identificar a los agresores y determinar sanciones administrativas efectivas y penas correspondientes según el Código Penal peruano. Se debe aplicar la Ley Nº 29944 (Ley de reforma magisterial), que en su artículo 44ª, establece que: “El director del colegio debe separar preventivamente al profesor acusado y da cuenta al director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante”.
  • Adoptar medidas de prevención de la violencia sexual: implementar políticas, planes, programas y servicios (sectoriales e intersectoriales) para combatir los factores y circunstancias que originan la violencia sexual, especialmente en NNA indígenas. Cualquier medida debe contar con recursos suficientes y tranversalizar los enfoques intercultural, de género y de derechos humanos.
  • Atender integralmente a las víctimas: esto incluye, entre otros aspectos, acompañar y proteger a NNA que sufrieron violencia sexual y a sus familias, especialmente para resguardar su salud mental y física. En el caso de las víctimas con VIH, se les debe garantizar la provisión oportuna de servicios de educación, vivienda, calidad de vida, salud accesibles y culturalmente pertinentes, lo que incluye la provisión del tratamiento antirretroviral (TARV).
  • Responder a la epidemia de VIH en los pueblos amazónicos: en 2022 la Municipalidad Provincial de Condorcanqui declaró al VIH como un problema de salud pública (Ordenanza Nº 015-2023/MPC), debido a la alarmante situación. Por ejemplo, la población awajún de dicha provincia tiene una prevalencia de VIH del 1.8%, mientras que a nivel nacional es sólo de 0,3%. Además, en 2023 la Red de Salud de Condorcanqui reportó 185 nuevos casos de VIH, de los cuales 12 correspondían a adolescentes embarazadas, y también informó que había 19 establecimientos de salud en condiciones precarias y 59 con necesidades de mantenimiento. Por ello, el Ministerio de Salud (MINSA) debe fortalecer urgentemente la respuesta al VIH en la zona, de tal forma de garantizar la salud y la vida de todas las personas con VIH.
  • Aplicar efectivamente del Código del NNA (Ley Nº 27337): que no se convierta en letra muerta y quede sin ser utilizada, pues de esta manera el Estado peruano sería omisor de sus propias normas.

Desde la RedLAC+ estaremos pendientes de este caso, que afecta gravemente la dignidad e integridad de NNA con VIH en situación de vulnerabilidad.

“VERDAD, JUSTICIA Y REPARACIÓN PARA LAS VÍCTIMAS”

Guiselly Flores Arroyo

Secretaria Regional

RedLAC+

19 de junio de 2024